Las circunstancias que mitigan el castigo son las condiciones bajo las cuales se mitiga el grado de culpabilidad del acusado y se impone un castigo menos severo en el marco de la sanción del artículo.

circunstancias que mitigan el castigo
Tales circunstancias incluyen:

  • Primera ofensa cometida por el acusado. Bajo este concepto se entiende una combinación de tres factores: un crimen cometido de baja gravedad; está comprometido por primera vez; este acto se realizó debido a una confluencia accidental de circunstancias.
  • El acusado no alcanzó la mayoría de edad. En este caso, el demandado puede estar sujeto a medidas preventivas en forma de medidas correctivas laborales o educativas. Aquí, se debe tener en cuenta la condición psicológica y el estatus social del adolescente. El legislador tiene el derecho de asignar al acusado el castigo no en todos los aspectos, o en general para eliminar la responsabilidad penal.
  • Embarazo y la presencia de un bebé. Estas son también circunstancias que mitigan el castigo, ya que los intereses de la madre y el niño están protegidos al mismo tiempo. El castigo puede ser relajado o retrasado por un período cuando el niño llega a la edad de catorce. Si el acusado tiene hijos, estas también son circunstancias que mitigan la responsabilidad penal.
  • Un crimen cometido debido a condiciones de vida difíciles o por compasión. Esta última es una innovación en el código penal, que complementa las circunstancias que mitigan el castigo.
  • circunstancias que mitigan la responsabilidad penal
    Un crimen cometido bajo la presión de factores psicológicos o físicos. El ímpetu para cometer acciones ilegales fue el miedo a una amenaza a la vida o la masacre de personas cercanas.
  • Violación del grado aceptable de defensa. La culpabilidad del acusado en este caso debe estar determinada por el grado de riesgo que impidió al realizar acciones que exceden los estándares de legítima defensa permitida.
  • Comportamiento inadmisible o inmoral de la víctima, que empujó al acusado a cometer un delito.
  • Reconocimiento de su culpabilidad, participación con culpa y ayuda activa en la divulgación del crimen. Estos factores son la base para considerarlos en circunstancias que mitiguen el castigo.
  • Asistencia a la víctima con respecto a quien se cometió el acto ilícito.

El Código Penal distingue circunstancias mitigantes y agravantes. El último incluye:

  • Recaída - es decir repetición de la comisión de un crimen.
  • Tratar con lesiones graves.
  • Cometer un crimen como parte de un grupo de personas y por conspiración previa.
  • Ejecución de un rol particularmente activo en la comisión de actos ilícitos.
    circunstancias mitigantes y agravantes
  • Crímenes motivados por odio interétnico, racial o religioso.
  • Cometer acciones ilegales contra una persona indefensa (mujer embarazada, niño pequeño, personas mayores).
  • Delitos contra una persona que realiza su deber profesional o sus parientes.
  • Realizar una acción con particular crueldad o intimidación.
  • Delito con el uso de cualquier sustancia combustible, venenosa, de combate y explosiva.
  • Las acciones ilegales se cometen durante una guerra o un desastre natural.
  • Intoxicación alcohólica o narcótica
  • Un crimen cometido por una persona que se sabe que ha llegado a confiar en la víctima.

El legislador tiene derecho a tomar en cuenta cualquier circunstancia relacionada con el caso en cuestión. El veredicto puede ser apelado en los términos establecidos por el tribunal.

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